En Cuba's Repressive Machinery, publicado en junio de 1999, Human Rights Watch dedica un capítulo a los obstáculos que la propia legislación cubana opone a los derechos humanos. Allí describe el estado peligroso como la especial proclividad de una persona a cometer delitos, apreciada a partir de su conducta, y las medidas que pueden imponérsele sin que exista un delito cometido. El mismo capítulo analiza el desacato a la autoridad y los delitos que restringen asociación y movimiento. Entender esta figura importa para leer las condenas actuales: muchas causas contra opositores no parten de un hecho delictivo probado, sino de categorías de peligrosidad o de delitos de opinión y desobediencia. Este expediente todavía no coteja el articulado. Falta contrastar el Código Penal citado por el informe con el texto publicado en la Gaceta Oficial y con el Código Penal aprobado en 2022, posterior al informe.