Leyes de Migración, Ciudadanía y Extranjería: entran en vigor el 1 de noviembre de 2026
Publicación autorizada · 27 oct 2026 · fuentes y límites indicados
Las leyes 171 (Migración), 172 (Ciudadanía) y 173 (Extranjería), aprobadas en julio de 2024 y publicadas en la Gaceta Oficial el 5 de mayo de 2026, entran en vigor a los 180 días: el 1 de noviembre de 2026. Introducen la «residencia efectiva» y la «ciudadanía efectiva» y permiten privar de la ciudadanía a quien actúe desde el extranjero contra los «altos intereses» del país.
Las tres leyes
La Asamblea Nacional del Poder Popular las aprobó el 19 de julio de 2024. Se publicaron en la Gaceta Oficial n.º 39 Ordinaria, del 5 de mayo de 2026:
— Ley 171, de Migración (GOC-2026-290-O39). Crea la «residencia efectiva migratoria» (art. 22). Enumera las causas para impedir la salida del país, entre ellas «otras razones de interés público» (art. 97), y permite limitar la entrada de ciudadanos cubanos (art. 98). Deroga la Ley 1312 de 1976 y los decretos-leyes 302 de 2012 y 327 de 2015.
— Ley 172, de Ciudadanía (GOC-2026-291-O39). Establece la «ciudadanía efectiva»: tener otra ciudadanía no hace perder la cubana, pero en Cuba no puede usarse (art. 14). Permite privar de la ciudadanía cubana, por decreto presidencial, a quien realice desde el extranjero actos contrarios a los «altos intereses políticos, económicos y sociales» del país (arts. 55 y 56). El artículo 55.2 exige además que la persona tenga otra ciudadanía o no resida de forma efectiva en Cuba, salvo la vía excepcional del 55.3.
— Ley 173, de Extranjería (GOC-2026-292-O39). Deroga la Ley 1313 de 1976.
Cuándo entran en vigor
Las tres dicen en su Disposición Final Cuarta: «La presente Ley entra en vigor a los ciento ochenta días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba». Contados en días naturales desde el 5 de mayo, el plazo se cumple el 1 de noviembre de 2026. Los reglamentos publicados en la misma Gaceta (decretos 136 y 137 de 2025 y Resolución 24 de 2025 del Ministerio del Interior) tienen el mismo plazo.
Una discrepancia resuelta
Prensa Latina publicó el 5 de mayo, atribuyéndolo a un oficial del Ministerio del Interior, que la Ley de Ciudadanía regía de inmediato. El texto publicado le da el mismo plazo de 180 días que a las otras dos.
Consulta: 27 oct 2026. La fecha de consulta no es la fecha de los hechos.
Alcance y trabajo pendiente
La disposición final no dice si los 180 días son naturales o hábiles. Las tres leyes tienen una regla general según la cual los plazos que no se fijan expresamente en días naturales se cuentan en días hábiles (por ejemplo, art. 13 de la Ley 172 y art. 135.4 de la Ley 171); no hemos encontrado una aclaración oficial sobre si se aplica a la entrada en vigor. La prensa estatal y Cubalex hablan del 1 de noviembre. Se leyeron las disposiciones finales y los artículos citados, no las tres leyes completas.