Ley 187 de la Vivienda: vigente desde el 21 de octubre de 2026
Publicación autorizada · 27 oct 2026 · fuentes y límites indicados
La nueva Ley de la Vivienda, publicada en la Gaceta Oficial el 14 de octubre de 2026 y vigente desde el 21, sustituye a la Ley General de la Vivienda de 1988. Reconoce a las personas naturales el derecho a tener hasta dos viviendas en propiedad, además de una de descanso o veraneo.
La norma
La Asamblea Nacional aprobó la Ley 187, Ley de la Vivienda (GOC-2026-607-O86), el 30 de julio de 2026. Se publicó en la Gaceta Oficial n.º 86 Ordinaria, del 14 de octubre, y según su Disposición Final Sexta «entra en vigor a los 7 días de su publicación»: el 21 de octubre.
Deroga la Ley 65 de 1988, Ley General de la Vivienda, y los ocho decretos-leyes que la modificaron.
Qué cambia, según el texto
— El artículo 4.1 reconoce a las personas naturales el derecho a «tener hasta dos viviendas en propiedad», además de la de descanso o veraneo. El 4.2 prevé la pérdida de la última adquirida si se supera el límite.
— Persona natural es el ciudadano cubano o el extranjero con residencia permanente, con las excepciones de los artículos 43.2 y 89.1 (art. 3).
— Modifica los artículos 44 y 203 de la Ley 113 del Sistema Tributario: la base imponible pasa a ser el valor catastral.
En la misma Gaceta se publicaron los decretos 176 (Reglamento General), 177 (propiedad horizontal) y 178 (cooperativas de vivienda), y las resoluciones 15 y 16 de 2026 del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo sobre el catastro.
Consulta: 27 oct 2026. La fecha de consulta no es la fecha de los hechos.
Alcance y trabajo pendiente
Se leyeron el sumario, el preámbulo, los artículos citados y las disposiciones finales, no la ley completa ni sus reglamentos. Esta ficha describe la norma; no evalúa su aplicación.