La norma La Asamblea Nacional aprobó la Ley 187, Ley de la Vivienda (GOC-2026-607-O86), el 30 de julio de 2026. Se publicó en la Gaceta Oficial n.º 86 Ordinaria, del 14 de octubre, y según su Disposición Final Sexta «entra en vigor a los 7 días de su publicación»: el 21 de octubre. Deroga la Ley 65 de 1988, Ley General de la Vivienda, y los ocho decretos-leyes que la modificaron. Qué cambia, según el texto — El artículo 4.1 reconoce a las personas naturales el derecho a «tener hasta dos viviendas en propiedad», además de la de descanso o veraneo. El 4.2 prevé la pérdida de la última adquirida si se supera el límite. — Persona natural es el ciudadano cubano o el extranjero con residencia permanente, con las excepciones de los artículos 43.2 y 89.1 (art. 3). — Modifica los artículos 44 y 203 de la Ley 113 del Sistema Tributario: la base imponible pasa a ser el valor catastral. En la misma Gaceta se publicaron los decretos 176 (Reglamento General), 177 (propiedad horizontal) y 178 (cooperativas de vivienda), y las resoluciones 15 y 16 de 2026 del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo sobre el catastro.