Detenido por «desobediencia»: el caso de Henry Constantín, y el contador que marca cero
Revisión editorial aprobadaEl director de La Hora de Cuba se presentó a una citación policial en Camagüey el 16 de septiembre y no volvió a salir. Se le imputa desobediencia: de seis meses a un año. Mientras tanto, el contador de periodistas presos de RSF para Cuba marca cero.
1. Sociedad Interamericana de Prensa · repudio a la detención de Henry Constantín (18 de septiembre de 2026) ↗
Organización de la que el propio Constantín es vicepresidente regional de su Comisión de Libertad de Prensa. Declaraciones de su presidente y de la presidenta de esa comisión.
2. 14ymedio · La Seguridad del Estado detiene a Henry Constantín y amenaza a Dagoberto Valdés ↗
Prensa independiente cubana. Circunstancias de la citación y la detención del 16 de septiembre de 2026 y el episodio de Pinar del Río del día siguiente.
3. Gaceta Oficial n.º 93 Ordinaria de 1 de septiembre de 2022 · Ley 151/2022, artículos 175, 185 y 189 ↗
Texto legal primario. El artículo 175 alcanza solo a funcionarios públicos; el 189.1 es el aplicable a un particular, con pena de seis meses a un año o multa; el 185 tipifica el desacato.
4. CIDH · Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, comunicado R027/26 (13 de febrero de 2026) ↗
Nombra a Henry Constantín Ferreiro entre los periodistas y colaboradores de medios detenidos en una ola de represión anterior. No se ha pronunciado sobre la detención de septiembre de 2026.
5. Reporteros Sin Fronteras · ficha de Cuba en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa 2026 ↗
Puesto 160 de 180, con 29,22 puntos. Su barómetro de periodistas detenidos en Cuba marcaba cero el 20 de septiembre de 2026.
6. La Hora de Cuba ↗
Medio independiente dirigido por Henry Constantín Ferreiro, con sede en Camagüey.
7. Centro de Estudios Convivencia ↗
Centro dirigido por Dagoberto Valdés Hernández, en Pinar del Río, vinculado a la revista Convivencia.
La detención, sus circunstancias y el delito imputado proceden de **denuncias de su equipo y de su entorno**, recogidas por prensa independiente y del exilio. No hay documento judicial, ni acta, ni confirmación oficial cubana. Acusación no es condena, y detención denunciada no es detención acreditada por el Estado. La afirmación de que al 20 de septiembre de 2026 no consta su liberación es una **verificación negativa**: significa que no se ha localizado fuente que la informe. Si ha sido liberado después de esa fecha, esta ficha está desactualizada y debe corregirse. Comprobar antes de citarla. Los artículos del Código Penal se citan sobre el PDF oficial de la Gaceta Oficial. Que el delito imputado sea el 189.1 y no el 175 es una **deducción de este archivo** a partir del texto legal —el 175 solo alcanza a funcionarios públicos—, no una precisión que conste en las denuncias. El episodio de Dagoberto Valdés procede de la comunicación del propio Centro de Estudios Convivencia. Es la versión de la parte afectada. El contador de RSF se consultó el 20 de septiembre de 2026. Los contadores de esa organización responden a criterios propios de clasificación y actualización que este archivo no conoce en detalle; se consigna el hecho de la discrepancia, no una acusación de negligencia.
